lunes, 3 de octubre de 2016

Doctrina

Anteriormente mencionamos el artículo 75 del Código de Comercio, que es el que nos señala cuáles actos son de comercio. En esta ocasión se analizaremos algunos aspectos sobre el contenido de dicho artículo.

La primera consideración que hacen los estudiosos del Derecho Mercantil, es que la enumeración de los actos de comercio llega a ser ambigua en algunas fracciones del artículo, y en otros casos, las fracciones son insuficientes para contemplar la toda la diversidad de actos de comercio que existen.

Podemos hacer una clasificación de todos los actos que contempla este artículo, de la siguiente manera:

1) Actos absolutamente comerciales. Estos se encuentran en lo dispuesto por las fracciones III, IV, XVII, XIX, XX y XV, mismas que señalan lo siguiente:
        
  • Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles.(Artículo 75 fracción III).
  • Los contratos relativos a las obligaciones del Estado u otros títulos de crédito corrientes en el comercio.(Artículo 75 fracción IV).
  • Los depósitos por causa de comercio.(Artículo 75 fracción XVII).
  • Los cheques, las letras de cambio o remesas de dinero de una plaza a otra, entre toda clase de personas.(Artículo 75 fracción XIX).
  • Los valores u otros títulos a la orden o al portador, y las obligaciones de los comerciantes, a no ser que se pruebe que se derivan de una causa extraña al comercio (Artículo 75 fracción XX).
  • Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior.(Artículo 75 fracción XV).


Se clasifican de esta manera ya que comprenden disposiciones aplicables a los títulos de crédito y su uso. También se considera que todas fracciones anteriormente mencionadas, con excepción de la última se pueden englobar en una sola fracción, ya que se refieren prácticamente al mismo tema, que son los títulos de crédito.

2) Actos relativamente comerciales. Los comprende las fracciones I,II y XIV, que a la letra establecen lo señalado a continuación:
         
  • Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados. (Artículo 75 fracción I).
  • Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial.(Artículo 75 fracción II).
  • Las operaciones de bancos.(Artículo 75 fracción XIV).

Se encuentran en esta clasificación, ya que son actos jurídicos onerosos en los que se transmite la propiedad o se concede el goce de algún bien, y encontramos presente el elemento de la especulación comercial, lo cual elimina cierta ambigüedad que nos pudiera llevar a pensar que se tratara de actos regulados por el Derecho Civil.

3) Actos que dimanan de empresas. Los encontramos en las fracciones V, VI, VII, VIII, IX, X, y XVI, que manifiestan lo siguiente:
         
  • Las empresas de abastecimientos y suministros. (Artículo 75 fracción V).
  • Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados.(Artículo 75 fracción VI).
  • Las empresas de fábricas y manufacturas.(Artículo 75 fracción VII).
  • Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo.(Artículo 75 fracción VIII).
  • Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas.(Artículo 75 fracción IX).
  • Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda; (Artículo 75 fracción X).
  • Los contratos de seguros de toda especie.(Artículo 75 fracción XVI).

Se clasifican así estas fracciones porque se refieren a los actos de comercio que son ejecutados por las empresas. Es en este grupo de disposiciones en donde se generan más confusiones, ya que no sabemos si se trata de un grupo homogéneo o se trata de disposiciones que comprenden relaciones económicas de diversa índole

4) Actos accesorios o conexos a otros actos mercantiles. se llaman así porque son actos que se relacionan con actos de comercio de forma indirecta. En estos, encontramos los actos a que se refieren las fracciones XII, XIII y XVII, que disponen lo siguiente:
           
  • Las operaciones de comisión mercantil.(Artículo 75 fracción XII).
  • Las operaciones de mediación de negocios mercantiles.(Artículo 75 fracción XIII).
  • Los depósitos por causa de comercio.(Artículo 75 fracción XVII).

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